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Clases de recursos administrativos según la Ley 39/2015


Introducción

La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece las normas básicas que regulan la actuación de las administraciones públicas en sus relaciones con los ciudadanos. Uno de los aspectos fundamentales de esta ley es la posibilidad de interponer recursos administrativos frente a los actos y resoluciones que dicten las administraciones públicas.

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En este artículo, exploraremos las diferentes clases de recursos administrativos que pueden interponerse según la Ley 39/2015, analizando sus características y requisitos.

Recursos administrativos de alzada

El recurso administrativo de alzada es el más común y sencillo de interponer. Se presenta ante el órgano jerárquicamente superior al que dictó el acto o resolución impugnada. Este recurso tiene como finalidad revisar la legalidad del acto y su objetivo principal es obtener la revocación o modificación del acto recurrido.

Requisitos del recurso administrativo de alzada

Para interponer un recurso administrativo de alzada, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. Plazo: El recurso debe interponerse dentro de los tres meses siguientes a la notificación del acto o resolución impugnada.

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2. Órgano competente: El recurso debe presentarse ante el órgano jerárquicamente superior al que dictó el acto o resolución impugnada.

3. Motivos: El recurso debe fundamentarse en la infracción de normas de derecho o en la incorrecta interpretación o aplicación de las mismas.

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Recursos administrativos en vía de reposición

El recurso administrativo en vía de reposición se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto o resolución impugnada. Su finalidad es obtener la revocación o modificación del acto recurrido sin necesidad de acudir a la vía judicial.

Requisitos del recurso administrativo en vía de reposición

Para interponer un recurso administrativo en vía de reposición, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. Plazo: El recurso debe interponerse dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del acto o resolución impugnada.

2. Órgano competente: El recurso debe presentarse ante el mismo órgano que dictó el acto o resolución impugnada.

3. Motivos: El recurso debe fundamentarse en la infracción de normas de derecho o en la incorrecta interpretación o aplicación de las mismas.

Recursos administrativos extraordinarios

Además de los recursos administrativos de alzada y en vía de reposición, la Ley 39/2015 contempla otros recursos administrativos extraordinarios que pueden interponerse en casos especiales.

Recurso extraordinario de revisión

El recurso extraordinario de revisión se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto o resolución impugnada. Su finalidad es obtener la revocación del acto o resolución firme cuando concurren circunstancias excepcionales.

Este recurso puede interponerse en los siguientes casos:

– Cuando existan documentos de valor esencial para la decisión del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
– Cuando la resolución se base en hechos falsos o en documentos que, aunque sean auténticos, resulten falsos.
– Cuando aparezcan documentos de valor esencial para la decisión del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien que se ha incurrido en error al apreciar la prueba.

El plazo para interponer el recurso extraordinario de revisión es de cuatro años desde la notificación de la resolución impugnada.

Recurso de casación

El recurso de casación se presenta ante el Tribunal Supremo y tiene como finalidad unificar la interpretación de la ley o sentar jurisprudencia. Solo puede interponerse contra resoluciones firmes dictadas en última instancia por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Este recurso solo puede interponerse en casos excepcionales y se requiere la concurrencia de determinados motivos de impugnación establecidos en la ley.

La Ley 39/2015 establece diferentes clases de recursos administrativos que pueden interponerse frente a los actos y resoluciones de las administraciones públicas. Estos recursos permiten a los ciudadanos impugnar los actos que consideren ilegales o injustos, buscando su revocación o modificación.

Es importante conocer los requisitos y plazos para interponer cada tipo de recurso, así como los casos en los que pueden presentarse recursos administrativos extraordinarios. Esto garantiza el ejercicio efectivo de los derechos de los ciudadanos y la correcta aplicación de la ley por parte de las administraciones públicas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo interponer un recurso administrativo sin abogado?

Sí, puedes interponer un recurso administrativo sin la necesidad de contar con un abogado. Sin embargo, en casos complejos o cuando se requiere una argumentación legal sólida, es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional del derecho que pueda orientarte y defender tus intereses de manera efectiva.

¿Cuál es el plazo para interponer un recurso administrativo?

El plazo para interponer un recurso administrativo varía según el tipo de recurso. En el caso del recurso de alzada, el plazo es de tres meses desde la notificación del acto o resolución impugnada. Para el recurso en vía de reposición, el plazo es de un mes desde la notificación del acto o resolución impugnada. En cuanto a los recursos administrativos extraordinarios, el plazo puede variar según el caso específico. Es importante consultar la ley y contar con asesoramiento legal para conocer los plazos exactos en cada situación.

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