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Acción reivindicatoria: procedimiento ordinario o verbal


Introducción

La acción reivindicatoria es una figura legal que permite a una persona reclamar la propiedad de un bien que ha sido usurpado o poseído de manera indebida por otra persona. Es una herramienta fundamental en el ámbito del derecho civil, ya que busca restituir al propietario legítimo la posesión y el pleno disfrute de su bien. Sin embargo, surge la duda sobre cuál es el procedimiento adecuado para llevar adelante esta acción: ¿procedimiento ordinario o verbal? En este artículo, exploraremos los aspectos relevantes de cada procedimiento y analizaremos cuál es el más adecuado en cada caso.

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Procedimiento ordinario

El procedimiento ordinario es el más común en el ámbito judicial, y se caracteriza por ser más formal y extenso que el procedimiento verbal. En el caso de la acción reivindicatoria, el procedimiento ordinario se inicia mediante la presentación de una demanda ante el juez competente. A continuación, se realizará una audiencia preliminar en la que las partes expondrán sus argumentos y se fijará el objeto del litigio.

Trámite de la demanda

En el procedimiento ordinario, la demanda debe contener una serie de requisitos formales, tales como la identificación de las partes, la descripción detallada del bien objeto de la acción reivindicatoria, y los fundamentos legales que respaldan el reclamo. Además, es necesario presentar documentos probatorios que respalden la titularidad del demandante sobre el bien en cuestión.

Etapa probatoria

Una vez presentada la demanda, se dará inicio a la etapa probatoria del procedimiento ordinario. En esta etapa, las partes presentarán sus pruebas y testigos para respaldar sus argumentos. Es fundamental contar con pruebas contundentes que demuestren la titularidad del demandante sobre el bien, como escrituras de propiedad, contratos de compra venta, o cualquier otro documento que acredite la posesión legítima.

Sentencia

Una vez finalizada la etapa probatoria, el juez dictará sentencia resolviendo el litigio. En caso de que se compruebe la titularidad del demandante sobre el bien, se ordenará la restitución del mismo, así como cualquier indemnización por daños y perjuicios que corresponda. Es importante destacar que la sentencia obtenida en el procedimiento ordinario tiene carácter definitivo y no admite recurso.

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Procedimiento verbal

El procedimiento verbal, por su parte, se caracteriza por ser más rápido y menos formal que el procedimiento ordinario. En el caso de la acción reivindicatoria, el procedimiento verbal se inicia mediante la presentación de una demanda verbal ante el juez competente. A diferencia del procedimiento ordinario, en el procedimiento verbal no es necesario presentar una demanda escrita.

Audiencia de conciliación

Una vez presentada la demanda verbal, se celebrará una audiencia de conciliación en la que las partes intentarán llegar a un acuerdo. En caso de que no se logre un acuerdo, se procederá a la celebración de la audiencia de juicio.

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Audiencia de juicio

En la audiencia de juicio, las partes expondrán sus argumentos y presentarán las pruebas y testigos pertinentes. A diferencia del procedimiento ordinario, en el procedimiento verbal no se realiza una etapa probatoria formal, sino que las pruebas se presentan directamente en la audiencia de juicio.

Sentencia

Una vez finalizada la audiencia de juicio, el juez dictará sentencia resolviendo el litigio. Al igual que en el procedimiento ordinario, en caso de que se compruebe la titularidad del demandante sobre el bien, se ordenará la restitución del mismo y cualquier indemnización correspondiente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la sentencia obtenida en el procedimiento verbal puede ser apelada, lo que significa que no tiene carácter definitivo.

¿Cuál es el procedimiento adecuado?

La elección entre el procedimiento ordinario y el procedimiento verbal dependerá de varios factores, como la complejidad del caso, la cantidad de pruebas y testigos a presentar, y la celeridad que se desee obtener en el proceso. Si el caso es complejo y requiere de una amplia etapa probatoria, es recomendable optar por el procedimiento ordinario, ya que brinda mayor garantía de presentación y análisis de pruebas. Por otro lado, si el caso es más sencillo y las pruebas son contundentes, el procedimiento verbal puede ser una opción más rápida y eficiente.

Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho civil para determinar cuál es el procedimiento más adecuado en cada caso. El abogado podrá evaluar los aspectos particulares de cada situación y brindar el acompañamiento necesario para llevar adelante la acción reivindicatoria de la manera más efectiva.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo demora un procedimiento reivindicatorio?

El tiempo que demora un procedimiento reivindicatorio puede variar dependiendo de diversos factores, como la carga de trabajo del juzgado, la complejidad del caso y la cantidad de pruebas a presentar. En general, un procedimiento reivindicatorio puede demorar entre seis meses y dos años.

¿Es necesario contratar un abogado para iniciar una acción reivindicatoria?

Si bien no es obligatorio contratar un abogado para iniciar una acción reivindicatoria, es altamente recomendable contar con el asesoramiento de un profesional del derecho. Un abogado especializado en derecho civil podrá brindar el conocimiento y la experiencia necesarios para llevar adelante el proceso de manera efectiva y obtener los mejores resultados.

¿Qué sucede si se pierde una acción reivindicatoria?

En caso de perder una acción reivindicatoria, el demandante puede apelar la sentencia ante una instancia superior. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la apelación no siempre tiene éxito, por lo que es fundamental contar con una estrategia legal sólida desde el inicio del proceso.

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