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Diferencia entre modelo 620 y 621: ¿Cuál elegir?


Introducción

El modelo 620 y el modelo 621 son dos formularios utilizados en España para realizar la liquidación de impuestos relacionados con la compraventa de bienes inmuebles. Aunque ambos formularios cumplen una función similar, existen diferencias importantes entre ellos que es necesario entender antes de elegir cuál utilizar. En este artículo, analizaremos en detalle estas diferencias y proporcionaremos información útil para que puedas tomar una decisión informada.

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¿Qué es el modelo 620?

El modelo 620 es un formulario utilizado para liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD). Este impuesto se aplica cuando se realiza la compraventa de bienes inmuebles, como viviendas, locales comerciales o terrenos. El modelo 620 debe presentarse en la Comunidad Autónoma correspondiente en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión.

¿Qué impuestos se pagan con el modelo 620?

El modelo 620 se utiliza para liquidar dos impuestos: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se calcula sobre el valor real del inmueble y varía dependiendo de la Comunidad Autónoma. El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados se aplica sobre los documentos notariales relacionados con la transmisión, como las escrituras de compraventa.

¿Qué es el modelo 621?

El modelo 621, por otro lado, es utilizado para liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el caso de transmisiones de bienes inmuebles realizadas por empresarios o profesionales. Este impuesto se aplica cuando se realiza una venta de un inmueble nuevo o de segunda mano con menos de dos años de antigüedad. El modelo 621 debe presentarse en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en un plazo de un mes desde la fecha de la transmisión.

¿Quién debe utilizar el modelo 621?

El modelo 621 debe ser utilizado por aquellos empresarios o profesionales que realicen la venta de un inmueble como parte de su actividad económica. Por ejemplo, un promotor inmobiliario que vende viviendas de obra nueva o un agente inmobiliario que vende propiedades en su cartera. Si eres un particular que vende una vivienda de segunda mano, no estarás obligado a utilizar el modelo 621, ya que estarás exento de pagar el IVA.

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Principales diferencias entre el modelo 620 y el modelo 621

Ahora que hemos visto en qué consisten cada uno de los formularios, es importante destacar las principales diferencias entre ellos:

Impuestos a pagar

La diferencia más notable entre el modelo 620 y el modelo 621 es el tipo de impuesto que se liquida con cada uno. Mientras que el modelo 620 se utiliza para liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, el modelo 621 se utiliza para liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido. Es importante tener en cuenta que estos impuestos tienen diferentes bases imponibles y tipos impositivos, por lo que los cálculos y los importes a pagar serán diferentes en cada caso.

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Sujetos obligados a presentar el formulario

Otra diferencia importante es el tipo de contribuyente que debe presentar cada formulario. Mientras que el modelo 620 puede ser utilizado por cualquier persona física o jurídica que realice una compraventa de bienes inmuebles, el modelo 621 solo debe ser presentado por aquellos empresarios o profesionales que realicen esta actividad como parte de su negocio. Si eres un particular que vende una vivienda de segunda mano, no estarás obligado a utilizar el modelo 621.

Plazos de presentación

Los plazos de presentación también varían entre ambos formularios. El modelo 620 debe presentarse en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión, mientras que el modelo 621 debe presentarse en un plazo de un mes desde la fecha de la transmisión. Es importante tener en cuenta estos plazos y no superarlos, ya que se pueden aplicar recargos e intereses por presentación fuera de plazo.

Ámbito territorial

Otra diferencia a tener en cuenta es el ámbito territorial en el que se utiliza cada formulario. El modelo 620 se presenta en la Comunidad Autónoma correspondiente, ya que es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas. El modelo 621, por otro lado, se presenta en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ya que es un impuesto estatal.

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